Alcaldía de Soledad responde acción de validez del acuerdo que autoriza licitación de acueducto y alcantarillado

Entre los argumentos principales de la defensa se evidenció que la Secretaría Jurídica Departamental del Atlántico no tiene las facultades para presentar la acción constitucional contra el Acuerdo en mención, toda vez que en el Decreto de Delegación No.000067 de 2020, solo se le otorgaron las funciones de representación judicial y administrativa del Departamento (numeral 4 de artículo 94, del Decreto Ley 1222 de 1986) y no la facultad para presentar acciones de validez contra los actos de los Concejos Municipales (numeral 8). Esta es una atribución exclusiva de la gobernadora por mandato legal y constitucional.

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