El incentivo está dirigido a empresas con objeto social ligado al desarrollo de actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica. También a compañías dedicadas al turismo cultural, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. ¡Conoce aquí cómo aplicar!
Bogotá, D. C..- El Gobierno Nacional recuerda a todas las compañías colombianas de la Economía Naranja que el 2021 es el último año para acceder al beneficio de exención de renta por siete años, un valioso incentivo con el que se busca aportar a la generación de empleo y a la reactivación del sector cultural y creativo.
El incentivo tributario está dirigido a empresas cuyo objeto social esté exclusivamente ligado al desarrollo de actividades culturales, creativas y/o de base tecnológica. También pueden aplicar compañías con actividades relacionadas como el turismo cultural, el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.
Entre el 1 y el 31 de marzo de 2021 será el primer periodo contemplado para que las compañías del sector puedan participar de manera virtual en www.economianaranja.gov.co
Los interesados en acceder a este beneficio también podrán aplicar en los periodos del 1 al 30 de julio, y del 1 de octubre al 31 de diciembre.
El ministro de Cultura, Felipe Buitrago, dijo que “la cultura está en el centro de la agenda del Gobierno Nacional y en el marco de la reactivación del sector. Por eso este incentivo fiscal representa una herramienta efectiva para impulsar nuestras industrias culturales y creativas, propiciar su sostenibilidad, generar empleo y promover el emprendimiento”.
Entre 2019 y 2020, 535 empresas de la Economía Naranja han recibido este beneficio, que ha impulsado la creación de 4.780 nuevos puestos de trabajo y una inversión por el orden de los $147 mil millones.
¿Cómo aplicar?
Los interesados en aplicar a la convocatoria deben ser contribuyentes del impuesto sobre la renta, complementarios del régimen ordinario y tener su domicilio principal dentro del territorio colombiano.
Adicionalmente, los ingresos brutos anuales de las empresas que se presenten no pueden ser superiores a 80.000 UVT (Unidad de Valor Tributario), que equivalen a $2.904 millones. La única excepción es para las actividades de producción cinematográfica, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión, que sí podrán superar este monto.
Asimismo, las sociedades que apliquen deben garantizar una inversión mínima de 4.400 UVT, equivalentes a $159.755.200, en máximo tres años, que debe estar relacionada con adquisición de propiedad, planta y equipo, y/o activos intangibles, contemplados en el artículo 74, numerales 1 y 3 del Estatuto Tributario.
De igual manera, deben generar un mínimo de tres empleos dirigidos a personas que desempeñen funciones relacionadas directamente con actividades consideradas de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas. No se admiten empleos de carácter administrativo.
Es importante resaltar que los administradores de la sociedad no califican como empleados para efectos de la exención de renta. Los empleos que se tendrán en cuenta son aquellos que estén directamente relacionados con la actividad cultural, creativa, o con el desarrollo tecnológico.
Más sobre el proceso
Una vez realizado el trámite virtual de inscripción, los documentos serán evaluados por un comité integrado por distintas dependencias del Ministerio de Cultura.
La comisión de Economía Naranja será la encargada de expedir el concepto previo que le permitirá a la empresa acceder a la exención de renta.
El término para dar respuesta a la solicitud es de 30 días hábiles. La inversión y generación de nuevos empleos deberá realizarse con posterioridad a la aprobación del proyecto de inversión por parte del comité.
Las inquietudes en torno a este proceso pueden enviarse a: info-economianaranja@mincultura.gov.co
Los interesados en aplicar deben verificar que el objeto social y todas las actividades económicas de la empresa estén enmarcadas dentro del siguiente listado:
Prensa Ministerio de Cultura / Foto de lookstudio en Freepik